Edición del 15 de septiembre de 2020
· Bernardo Saravia Frías
[INTRODUCCIÓN]
En esencia, la Comunicación del BCRA incluye medidas de alto impacto cuyas consecuencias, contrariamente a lo manifestado por la entidad, no apuntalarán la tan esperada recuperación económica. Todo lo contrario.
Avanza con un reverse cross default cuya génesis es el default estatal. Se inaugura así una novedosa era donde la máxima autoridad bancaria ordena a aquellos privados que tengan deudas con el exterior por más de USD 1 millón, a refinanciar el 60% del capital de las mismas. Así, quien tenga moneda de curso legal en la República Argentina y una deuda declarada con el extranjero, no podrá acceder al mercado de cambios sin haber presentado al BCRA un plan de refinanciación de su pasivo. Tampoco aquellos que hayan emitido títulos de deuda en moneda extranjera. Paradójico: se ordena a refinanciar al deudor pero, ¿qué acreedor externo estará dispuesto a aceptar una refinanciación en los términos unilateralmente previstos ya ni siquiera por el deudor sino por un tercero? ¿Acaso los acreedores no podrán proceder a ejecutar sus garantías? ¿Qué´implicancias tendrá eso sobre la economía real la cual se prentede “recuperar”? Los Fallabelas, Wallmart y Latam se ascelerarán. Una perla: no es el acreedor externo el que lleva al default a su deudor sino que es el mismísimo BCRA el que lo impone mediante este esquema de refinanciación forzada, con consecuencias para el derecho de propiedad de los deudores (v.gr. ejecución de garantías por parte de los acreedores; pérdidas económicas siderales). Una vez más, se iguala para abajo: si el estado incumple sus obligaciones con los acreedores externos, los privados deben ir por la misma vía.
Disputando el primer premio en un concurso de eufemismos, con el propósito de promover una “eficiente” asignación de divisas y “priorizar” su uso para la “recuperación del crecimiento económico y el empleo” se impuso una percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales del 35% para la compra del apetecido y aspiracional “Dólar Ahorro” con el propósito de “desalentar su demanda”, llevando su cotización, de la noche a la mañana, por encima de los $130.
Qué será de esa población confinada y teletrabajadora, calzada con crocs y ojotas, despeinada y sin reloj, que contaba el paso del tiempo a partir de la renovación mensual del cupo para adquirir dólar ahorro, única fuente de orientación calendaria en tiempos tan confusos. Millones de argentinos esperan en la línea de largada la cuenta regresiva para lanzarse a la carrera a comienzo de cada mes para hacerse de exiguos 200 dólares al mejor precio del mercado (para comprar, ya que para vender los exportadores tienen mucha peor suerte).
Habrá que cambiarle su célebre denominación a la más popular divisa, el ahorro difícilmente sea su destino: Netflix y Spotify serán “a cuenta” de ese estrecho margen, lo mismo que las compras por Tiendamía y Aerobox; nuevas formas del turismo virtual y pandémico.
Es de esperar que el fervor con el que se tributó la tasa del 30% del Impuesto País se inflame y redoble para pagar otro 35% a cuenta de ganancias que en tiempo de crisis general jamás llegarán. La escasez es una autopista que conduce a la gula. País sin moneda: dólar sin techo. Puede que algunos argentinos confundan monjas y bolsos con algo distinto que la corrupción. Pero hasta el más idiota sabe cuánto cuesta un dólar y que su aumento, incluso eufemístico, es mañana inflación.
Finalmente, y como era de esperar en esta saga, la operatoria con títulos valores no podía quedar fuera del mediomundo del BCRA. Más allá de la eleiminación del parking para alguna operación puntual que no tendrá mayores efectos y de la restricción a los no residentes a vender en el país títulos valores con liquidación en moneda extranjera, se prohibe liquidar en pesos en el mercado local las transacciones de títulos valores concertadas en el exterior y los títulos valores adquiridos en el exterior. En definitiva, se cierra el camino para que se ingresen dolares al país al tipo de cambio real (contado con liquidación) y no al ficticio (BCRA). Se termina con una vía que permitía liquidar la moneda extranjera al doble del valor que paga el BCRA (con todo lo que ello reprenta en un contexto económico como el imperante). Es probable que ello termine por potenciar la crisis de muchas entidades que fueron dilatando su final. De seguro, al menos, se acota en un 50% el plazo de su vigencia si se toman en cuenta los valores del dólar en el mercado cambiario y en el mercado de capitales. Otra perla: el que ingresa los dólares al país si o si los debe liquidar a $ 75 (aproximadamente). Mientras que si quere comprar dólares para ahorro bajo el nuevo esquema vigente deberá pagar unos $ 130 (aproximadamente). Podríamos decir que se parece a un acto de usura.
[CIERRE/CONCLUSION]
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El presente se remite para uso exclusivo del receptor; no podrá ser distribuido a ningún tercero sin la autorización previa y expresa de Saravia Frías.