El BCRA reconoce que las reservas se acabaron
Bernardo Saravia Frías
Entre gallos y medianoche, el Banco Central de la República Argentina dictó este sábado pasado, una serie de normas que llevan el cepo cambiario a su máxima expresión: ya no sólo no se podrá comprar dólares, sino que ahora se instaura, para los pocos que los tienen, la obligación de venderlos. Evidencian, también, que el uso de algunas herramientas por la autoridad monetaria, especialmente los contratos de futuro, fue equivocado, y sus consecuencias serán una pesada herencia más que el próximo gobierno tendrá que resolver.
En primer lugar, la Comunicación 5836 es un reconocimiento palmario de que la estrategia de venta de dólares futuros que implementó en los últimos tiempos el BCRA, es errada y ha dado lugar a grandes pérdidas que tendremos que pagar todos los argentinos. La nueva norma básicamente reduce el límite que tienen los bancos para comprarle contratos de futuros al BCRA: la “Posición Abierta Computable” (lo que el BCRA puede vender a cada banco de contratos de futuros) baja de un equivalente del 100% de la Responsabilidad Patrimonial Computable de cada entidad financiera a 50%, es decir, la mitad. En términos leguleyos y seguramente de utilidad para la causa penal que se inició contra el presidente del BCRA, a confesión de parte, relevo de pruebas.
Por su parte, la Comunicación 5837 representa la dramática apoteosis del cepo cambiario. La Posición General de Cambios (PGC) es la cantidad de activos de libre disponibilidad en dólares que un banco puede tener. En esencia, refiere a los dólares que un banco tiene en una cuenta en el exterior (no sólo propios, sino también de sus clientes, especialmente exportadores) y dólares billete o en efectivo. Hasta el sábado, la PGC de cada banco tenía como tope el 15% de la Responsabilidad Patrimonial Computable; la nueva norma dispuso la reducción de ese porcentaje del 15% al 5%.
No es un cambio anecdótico y las consecuencias son graves. Los bancos tendrán un breve período de dos días para cumplir con el nuevo límite, para lo que estarán obligados a vender dólares. No sólo los propios, sino también lo de sus clientes, como es el caso de los exportadores, que paradójicamente tienen (aún) conforme a las normas vigentes, un plazo para liquidar las divisas resultantes de las exportaciones en el mercado único de cambios, que por cierto es más largo y distinto a aquel de dos días impuesto por la nueva disposición. Ya se puede vislumbrar la tensión de los bancos con sus clientes para satisfacer la urgencia del BCRA por continuar con la triste pantomima. La única manera que tiene un banco para evitar la venta es “bajar” o “traer” los dólares de su cuenta en el exterior a aquella que tiene en el BCRA. La razón es clara: esos dólares (que dejarían de ser tales) pueden ser computados por el BCRA como reservas. Una vez más, a confesión de parte, relevo de pruebas: el BCRA no tiene reservas.
Para completar el sombrío panorama, la Comunicación 5838 establece un detallado sistema de sanciones que podrá implementar el presidente del BCRA. Con descriptivo lenguaje, distingue entre sanciones gravísimas, muy graves, graves, moderadas y leves. Y asigna penas monetarias de importancia (a manera de ejemplo, pueden consistir entre 10 % y 15% del monto de las operaciones en infracción, o un monto entre 25 y 45 millones de pesos, lo que fuere mayor).
Aprovechando la distracción de un fin de semana electoral, el BCRA ha dictado normas que dejan en evidencia una política cambiaria exhausta, que de forma contumaz continuó en la senda del equívoco, dejando gravosas consecuencias que tendrá que resolver el próximo gobierno y lamentablemente pagaremos todos. Una cucarda más de años de yerros, arbitrariedades y mala gestión. Es de esperar que los veinte días hábiles que quedan no sumen más sorpresas.
El presente se remite para uso exclusivo del receptor; no podrá ser distribuido a ningún tercero sin la autorización previa y expresa de Saravia Frías.