SARAVIA FRIAS

¿El Macarthismo al sistema financiero?

Bernardo Saravia Frías

Hoy se promulgó en el Boletín Oficial una ley que crea una comisión en el ámbito del Congreso de la Nación para investigar “instrumentos bancarios y financieros destinados a facilitar la evasión de tributos y la consecuente salida de divisas del país”.

La comisión tiene dos objetivos principales y amplias facultades (de dudosa constitucionalidad, por cierto) que abren serios interrogantes e infunden desconcierto y preocupación.

Respecto de los objetivos, la comisión deberá investigar “las modalidades de un esquema implementado para facilitar la apertura de cuentas bancarias en el extranjero” con la finalidad de evadir impuestos y promover la salida de capitales. A tal fin, deberá “identificar” los agentes económicos y las entidades bancarias y financiaras involucradas en el “modo sistemático de violentar las normas impositivas y cambiarias”.

El lenguaje vago da por hecho una premisa (existe en el mercado un “modo sistemático para violar leyes”) y plantea varias preguntas: ¿el “esquema” incluye operaciones de contado con liquidación, cuya validez nunca fue prohibida y hasta en algún momento públicamente respaldada por algún ministro? ¿“agentes económicos” incluye empresas y particulares? ¿cualquiera que tenga cuentas en el extranjero estará alcanzado por la investigación?

Para lograr su cometido, la ley confiere a la comisión laxos poderes, entre los que se destacan la facultad de llamar a audiencias públicas y la de requerir información haciendo caso omiso de los secretos bancario, financiero, profesional y hasta “compromisos legales o contractuales”.

Un claro exceso que plantea dudas respecto de su validez constitucional, especialmente por el derecho de defensa en juicio y la garantía del juez natural. Algunos de esos poderes son propios de los organismos de control especializados, a los que paradójicamente se les otorgaron amplias facultades en recientes enmiendas legislativas (como es el caso del Banco Central, la Comisión Nacional de Valores y la AFIP), sugiriendo así su incompetencia. Otros, propios de la justicia, lo que significaría arrogarse prerrogativas de otro poder, que está prohibido por la Constitución.

Con estos objetivos vagos y dudosas facultades, la comisión deberá publicar un informe completo dentro de los 90 días de su constitución. Los resultados deberán ser informados al Poder Ejecutivo (esto es, a los organismos de control que debieran haber hecho esta tarea) y podrán dar lugar a denuncias ante la justicia (cumpliendo la función de los fiscales del caso). Un sinsentido y un dispendio, más allá de la invasión de competencia.

El objetivo es claro: por una vía oblicua se busca que una comisión del Congreso soslaye límites que imponen leyes (secreto bancario, bursátil, profesional, etc.) y contratos. Esperemos que no se convierta en una cacería de brujas que inaugure un ciclo macarthista tan propio de los gobiernos autoritarios.

El presente se remite para uso exclusivo del receptor; no podrá ser distribuido a ningún tercero sin la autorización previa y expresa de Saravia Frías.