SARAVIA FRIAS

Empresas en acción durante el aislamiento obligatorio

· Bernardo Saravia Frías

El Decreto de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (“Decreto”) dictado anoche, establece dos desafíos para las empresas: proteger la salud de todos sus miembros y, a la vez, seguir produciendo o garantizar condiciones mínimas de funcionamiento para el día después.

Se acompañó el Decreto con una larga misiva presidencial, provista de un mensaje para las empresas: “las medidas para reducir el contagio son (deben ser) compatibles con mantener nuestro abastecimiento y nuestra economía.”

Se quiera o no, las empresas son protagonistas centrales a lo largo de este difícil proceso: mientras dure el aislamiento, para asegurar el abastecimiento de bienes esenciales y las condiciones básicas de su funcionamiento y el de la economía; cuando termine, para garantir la reanudación de la actividad económica, entonces exangüe.

Concluida la cuarentena, la evidencia científica indica que nuestras sociedades y la economía tendrán que convivir en el largo plazo con una pandemia. De tener éxito las actuales estrategias de aislamiento, se requerirá la readecuación cabal de nuestro complejo productivo y logístico a las nuevas circunstancias. Las acciones de hoy proveerán las oportunidades del mañana.

Se plantean muchos desafíos que requieren decisiones equilibradas, capacidad de anticipación y reacción: la salud de sus trabajadores (con muchos gremios reacios); la eventual responsabilidad de sus directivos y management, para el supuesto que deban elaborar productos esenciales o de la canasta básica de alimentos y tengan dificultades; el mantenimiento de las plantas en condiciones para cuando termine el aislamiento.

La coyuntura no es todo; hoy se debe pensar en el día después.

Primer desafío: determinar qué servicios son esenciales

La falta de claridad del Decreto es de doble filo: una dificultad con riesgos (recordar las sanciones potenciales) pero también una oportunidad desde la interpretación.

Lo esencial es determinar qué actividad es un servicio esencial y así saber cómo aplica a cada empresa el Decreto.

Bajo el doble objetivo de priorizar la salud y mantener el abastecimiento básico, proponemos tres parámetros para interpretar la extensión del concepto:

Razonabilidad: debe seguirse con atención cómo impacta el avance o la contención del virus en las distintas actividades económicas; la razonabilidad debe ser el barómetro para la amplitud de la interpretación.

Lista abierta: la lista que enumera el Decreto no es exhaustiva, ni definitiva: las actividades van a extenderse si la emergencia sanitaria es contenida; en ese caso, la urgencia económica ampliará la lista, de hecho o de derecho.

Amplitud: pueden entenderse incluidas aquellas actividades que no estén expresamente listadas pero que forman parte de la cadena de producción y comercialización.

Segundo desafío: la función social empresaria; oportunidad en tiempos de emergencia

La responsabilidad social empresaria es un concepto que debe servir de guía pero también de sustento jurídico para las decisiones que se tomen en esta contingencia. Considerado con atención, no deja de ser una oportunidad para aquellas que lo hagan adecuadamente, y un riesgo para las que no estén a la altura de las circunstancias. Es fundamental tomar en cuenta que hay dos normas de gran amplitud y rigurosidad que puede aplicar el Estado, con potenciales sanciones severas en el corto y mediano plazo.

La responsabilidad social empresaria debe ser la base de la comunicación a los empleados, a los proveedores y demás stakeholders; no debe perderse de vista que son todos antecedentes para una eventual discusión con autoridades regulatorias nacionales y provinciales. Es el marco para la comunicación y la estrategia jurídica.

Plan de acción: autoregularse proactivamente

La implementación del Decreto va a ser conflictiva, por el alcance de las medidas y la dificultad (por la opacidad de sus términos) para definir quiénes están exceptuados del aislamiento.

Es menester diseñar una estrategia y actuar con prontitud: hoy las empresas pueden establecer las condiciones; la inacción o la indefinición va a ser suplida con una regulación o intervención estatal.

Se aconseja resolver la coyuntura con una mirada de largo plazo con el objetivo de alcanzar niveles de producción y desempeño elevados y con estándares sanitarios adecuados en un contexto de pandemia.

Recomendamos:

Redactar e implementar un protocolo para cumplir con el Decreto, que garantice las condiciones de higiene recomendadas por el Ministerio de Salud para todos los empleados y las condiciones mínimas de mantenimiento o funcionamiento (según sea o no un servicio esencial) de la empresa.

El protocolo debe ser el documento que sirva de base jurídica para la relación de la empresa con sus stakeholders y, eventualmente, con el Estado. Lo que se escriba e implemente hoy, será esencial para el día después.

Se aconseja un documento con términos claros y amigable, que sea suscripto por todos. Si se consensúa con los sindicatos, mejor todavía.

Se pueden presentar situaciones de falta de colaboración, con repercusión sindical. Llegado el caso, se aconseja notificar y solictar la colaboración estatal (nacional o provincial) para garantizar la salud y el debido abastecimiento.

Saludamos a Ustedes cordialmente y nos ponemos a disposición para profundizar cualquier aspecto.

El presente se remite para uso exclusivo del receptor; no podrá ser distribuido a ningún tercero sin la autorización previa y expresa de Saravia Frías.